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lunes, 5 de enero de 2015

Entra en vigor nueva ley en España con durísimas sanciones contra webs de 'piratería'

Anon Hispano - 3:00 p.m.
Las multas se podrán aplicar a páginas web que vulneren derechos de propiedad intelectual en internet, intermediarios que presten servicios y empresas de publicidad que no retiren sus anuncios de dichas webs




Las sanciones graves por piratería se multarán con entre 150.000 y 600.000 euros, tanto para aquellos que cometen la infracción como para los intermediarios, a partir de este lunes, tal y como recoge la reforma de la Ley de Propiedad Intelectual.

Aunque el grueso de la reforma entró en vigor el pasado 1 de enero, la ley dispone que estas multas son aplicables desde este lunes, dos meses después de su publicación en el Boletín Oficial del Estado.

La nueva norma establece un plazo de un año para que el gobierno acometa una reforma integral de la Ley de Propiedad Intelectual, ya que el Ejecutivo considera que ésta es sólo una modificación parcial para solucionar los problemas más urgentes del sector.

Concretamente, se multará con entre 150.000 y 600.000 euros a aquellas páginas web que vulneren los derechos de propiedad intelectual en Internet, así como las multas del mismo importe para aquellos prestadores de servicios de intermediación, los servicios de pagos electrónicos o de publicidad que se nieguen a suspender el servicio a la web infractora.

La norma establece que, tras la denuncia por parte del titular de los derechos de autor, la Sección Segunda de la Comisión de Propiedad Intelectual solicitará al responsable de dicha web la retirada del contenido ilegal. Si en un plazo de alrededor de diez días no se produce la retirada, esta sección podrá solicitar la colaboración de los intermediarios para que suspendan el servicio.

Tal y como establece la nueva ley, la negación a colaborar con la Sección Segunda se considerará una infracción, según establece el artículo 11 de la Ley de servicios de la sociedad de la información y de comercio electrónico, y esto acarreará multas de entre 150.000 y 600.000 euros.

Además, si la web utiliza un nombre de dominio bajo el código de país correspondiente a España (.es) u otro dominio de primer nivel cuyo registro esté establecido en el país, la Sección Segunda notificará los hechos a la autoridad de registro a efectos de que cancele el nombre de dominio, que no podrá ser asignado de nuevo en menos de seis meses.

Además de las multas por piratería, la reforma establece el derecho irrenunciable de las empresas editoras de noticias a ser compensadas económicamente por los agregadores de contenidos, lo que provocó que Google cerrara su servicio de Google News en España el pasado 16 de diciembre.

Con información de El Periódico
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